julio, 29
No hay cronograma sobre la reprogramación de marihuana de la administración Biden, dice el jefe de la DEA
La administración de Biden aún tiene que proporcionar a la Administración de Control de Drogas de EE. UU. un "cronograma específico" para completar su revisión del estado de la marihuana bajo la ley federal, dijo el jefe de la agencia a los miembros del Congreso el jueves.
Eso llevó a un legislador a prometer acelerar las cosas.
“Vamos a hacer que esto avance”, dijo el representante estadounidense Steve Cohen, demócrata de Tennessee.
El otoño pasado, el presidente Joe Biden inició una "revisión administrativa" de la clasificación de la marihuana en la Ley de Sustancias Controladas.
Las agencias de salud pública, incluida la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU. y el Departamento de Salud y Servicios Humanos, están revisando actualmente la ciencia y los datos publicados.
Eso incluye datos de programas de marihuana medicinal presentados por reguladores estatales.
Después de considerar la ciencia, las agencias de salud entregan una recomendación a la DEA.
Ese proceso “con suerte” se completará para fin de año, dijo el secretario de Salud, Xavier Becerra, en junio.
Pero el jueves, la administradora de la DEA, Anne Milgram, fue menos específica.
Según The Hill, Milgram les dijo a los miembros del Congreso a favor de la marihuana que a la DEA hasta la fecha "no se le ha dado un cronograma específico" para considerar la reprogramación y ofrecer su propia recomendación al presidente.
“No he oído hablar de un cronograma de ellos”, le dijo al representante Matt Gaetz, un republicano de Florida.
“Así que no sé.”
Biden ha dicho que apoya la legalización federal del cannabis medicinal y la despenalización de la marihuana.
La reprogramación sería de gran ayuda para la industria de la marihuana, que desde hace tiempo pide una desgravación fiscal.
La reclasificación de la marihuana, actualmente clasificada como sustancia controlada de la Lista 1, significaría que las empresas de cannabis ya no estarían sujetas a las restricciones fiscales según la Sección 280E del código fiscal federal.